viernes, 29 de agosto de 2014

JERARQUÍA DE LAS FUENTES DEL LOS DERECHOS HUMANOS

Fuentes de los derechos humanos

1 LA CONSTITUCIÓN MEXICANA.
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

2 TRATADOS INTERNACIONALES
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

3 LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
(Ley federal)
Artículo 2o. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, y tiene por objeto esencial la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano.

“LEYES FEDERALES Y TRATADOS INTERNACIONALES.
4 JURISPRUDENCIA
TIENEN LA MISMA JERARQUIA NORMATIVA. De conformidad con el artículo 133 de la Constitución, tanto las leyes que emanen de ella, como los tratados internacionales, celebrados por el ejecutivo Federal, aprobados por el Senado de la República y que estén de acuerdo con la misma, ocupan, ambos, el rango inmediatamente inferior a la Constitución en la jerarquía de las normas en el orden jurídico mexicano. Ahora bien, teniendo la misma jerarquía, el tratado internacional no puede ser criterio para determinar la constitucionalidad de una ley ni viceversa. Por ello, la Ley de las Cámaras de Comercio y de las de Industria no puede ser considerada inconstitucional por contrariar lo dispuesto en un tratado internacional”


Los Derechos Humanos se fundamentan en la naturaleza humana, y se consolidan con los ordenamientos jurídicos positivos tales derechos le son inherentes al hombre en cuanto tal, en cuanto tiene naturaleza, esencia de tal. Desde la antigüedad ha sido buscada la explicación sobre la naturaleza humana.

Burgoa, I.   Las garantías individuales, pp. 168-195.
Herrera, M.  Manual de derechos humanos, pp. 33-35.
Fappiano, O.  “Principios que informan el derecho de los derechos humanos”, pp. 39-53.
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DIFERENTES ACEPCIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS

DIFERENTES ACEPCIONES DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE Y SU ACERCAMIENTO A LOS SISTEMAS JURÍDICOS 
Actualmente se suele confundir el concepto de derechos humanos con derechos fundamentales, garantías individuales y garantías constitucionales, para poder comprender estos conceptos empezare por distinguirlos:
Derechos humanos
Es un conjunto de derechos que en cada momento histórico, concretan las características  de exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos.
Derechos fundamentales
Se puede decir que son los derechos humanos garantizados por el ordenamiento jurídico positivo de alguna entidad constitutiva.
La garantía individual
Es la medida en que la Constitución protege el derecho humano. El derecho humano es una idea general y abstracta, las garantía, que es su medida, es una idea individualizada y concreta”. (Jorge Carpizo)
Garantías constitucionales
Son los medios jurídicos, de naturaleza predominantemente procesal, que están dirigidos a la reintegración del orden constitucional, cuando el mismo ha sido desconocido o violado por los propios órganos del poder y los instrumentos protectores no han sido suficientes para lograr el respeto y cumplimiento de las disposiciones constitucionales. (Fix-Zamudio).
Desde que el hombre tuvo la necesidad de juntarse para poder vivir mejor, se ha venido planteando derechos y obligaciones que a través del tiempo se han perfeccionado del tal modo que los derechos de los seres humanos se han plasmado en los ordenamientos jurídicos actuales. Estos ordenamientos en general tiene la filosofía de dar una vida digna a sus pobladores con la intensión de que estos tengan los derechos humanos básicos. Yo creo que en la actualidad se están reconociendo mas los derechos humanos, ya que es de vital importancia que los derechos del hombre sean la base y el fundamento para que la humanidad desglose las leyes y reglamentos que rigen pero siempre y cuando no estén por encima de estos.

Bibliografía:
Herrera, M.  Manual de derechos humanos, pp. 7-8.
Burgoa, I.  “Diversas acepciones del Concepto de garantía”, pp. 161-165, 187.
Fix-Zamudio, Héctor.  “El concepto contemporáneo de las garantías constitucionales”. “El derecho procesal constitucional mexicano” , pp. 41-48.
Hernández, A. “¿Qué son los derechos humanos?” , pp. 13-23.


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